Según resolución SRT 900/15 todo establecimiento deberá cumplir con la medición de Puesta a Tierra y la verificación de la continuidad de las masas en el ambiente laboral de forma anual, conforme las previsiones de la Ley N°19587 de Higiene y Seguridad en el trabajo, su decreto reglamentario 351/79 y reglamentación de la AEA.
De no contar con dicha documentación, la empresa se encontrará pasible de infracciones tanto por el Ministerio de Trabajo de la Pcia de Buenos Aires como por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo.